Los Sindicatos Nacionales SINATI, Nº1 y Nº2, tal como ha sido tradición en materia de trabajo conjunto, presentan este proyecto a las autoridades de la Fundación Integra en un contexto nuevo, en un escenario diverso al que ha caracterizado este proceso en los últimos años. Este escenario diverso se manifiesta en la radical importancia que ha asumido en los últimos años, el cuidado de la primera infancia, como una obligación del Estado de garantizar efectivamente los derechos de los niños y niñas, vigentes tanto desde el punto de vista del derecho natural, como desde el punto de vista normativo, partiendo por los tratados internacionales en materia de protección, como la Declaración Universal de Derechos del Niño, suscrito y ratificado por nuestro país.
En un contexto marcado por la impronta que el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet Jeria ha centrado sus esfuerzos en consolidar la Reforma Educacional y en especial lo que respecta a nuestra área la educación inicial como eje central para combatir las crecientes desigualdades que se observan en Chile, esto debe traducirse en nuevas políticas públicas para el sector, construidas con nuestra participación.
En tal sentido, se debe comprender que las remuneraciones y condiciones laborales de quienes se desempeñan en la educación inicial debieren ser concordantes con la importancia de la labor que se realiza, lo que no es necesariamente así, solo por el esfuerzo de estas organizaciones sindicales, se ha logrado mejorar las condiciones de nuestros representados. Hoy, en Fundación Integra se hace exigible palpar en la realidad la voluntad del Gobierno en orden a terminar las desigualdades y frente a esto el empleador no puede desentenderse, ni pretender que los trabajadores aspiremos a menos de lo que el discurso público declara, cuando señala a la Educación y particularmente, la educación inicial, como la que requiere un mayor esfuerzo en cuanto a cobertura, calidad y mejores condiciones laborales y salariales de las trabajadoras y trabajadores.
La nueva institucionalidad que plantea la Reforma de la Educación Inicial nos invita a revisar con detención sus nuevos planes y programas, en pos de la calidad de la educación y que pasa inexorablemente por el justo reconocimiento al esfuerzo de las trabajadoras y trabajadores, en lograr su justa retribución económica y social con el fin de aportar a su liberación de la pesada carga laboral que actualmente se instala, con la implementación del proyecto de inclusión como política pública y que logra sobreponer las dificultades crecientes del diario vivir y que impide darle espacio y sentido al desarrollo pleno de su vocación y probada voluntad en
beneficio de los niños y niñas que atendemos a lo largo y ancho de nuestro país.
Señora Directora Ejecutiva, por la envergadura del desafío, por la responsabilidad que le concierne en la relación con el movimiento sindical en la institución, por el compromiso con la defensa y conquista de beneficios socio-económicos de nuestras asociadas y asociados y por el avance del proyecto país progresista, la invitamos a tratar el petitorio que presentamos a continuación con la mirada puesta en la construcción de una alianza que nos permita hacer el esfuerzo necesario para lograr incidir el ítem correspondiente a nuestra área en la discusión del presupuesto de la nación para el periodo 2016 – 2017.
Finalmente, reiteramos que como organizaciones sindicales nos hacemos eco del desafío de terminar la desigualdad en nuestra sociedad y particularizamos nuestro esfuerzo en el ámbito de nuestras asociadas y asociados, para lo cual presentamos nuestro Proyecto de Remuneraciones y Condiciones Laborales.
TITULO l: CONDICIONES ECONÓMICAS
PRIMERO: REAJUSTES DE SUELDOS.
a) Reajuste de Sueldo: Los sueldos base de los trabajadores(as) de la Fundación, vigentes al 31 de Diciembre de 2016, se reajustarán en igual porcentaje al otorgado a los funcionarios del sector público para el período 2016-2017.
b) Reajuste Adicional: A contar de Enero del 2017, los sueldos, una vez reajustados como se señala en la letra a) de esta cláusula, se deberán incrementar en un 8%.
SEGUNDO: BONO DE ANTIGÜEDAD.
La Fundación aumentara el bono de antigüedad trienal de un 1.5% a un 3% a contar de la suscripción del presente instrumento.
TERCERO: FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD ASOCIADO A INCENTIVOS SACI.
a) A contar de Marzo del 2017, se mantendrá en forma permanente las actuales condiciones de remuneraciones por concepto de Bono SACI.
b) A contar de marzo de 2017, la Fundación deberá otorgar a todas las trabajadoras y trabajadores que no cuenten con este Bono.
CUARTO: INCENTIVO PEI (PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL).
A contar de Marzo del 2017 la Fundación pagará a todos los trabajadores/as con contrato indefinido un bono anual de $300.000 líquido por concepto de Implementación del PEI.
QUINTO: ASIGNACIÓN DE ZONA.
a) A partir de Enero del 2017 la Fundación otorgará una asignación de zona de un 10% para las regiones V, Vl, Vll y Metropolitana, regiones que actualmente no cuentan con dicha asignación.
b) Para todas las regiones que actualmente cuentan con este beneficio, la Fundación a partir de Enero del 2017 incrementara la asignación en un 10% adicional.
c) A todas las localidades de sectores rurales y aislados se les otorgara adicionalmente un 4% sobre lo asignado.
SEXTO: BONIFICACION DE ZONAS EXTREMAS.
La Fundación reajustará la bonificación de zona extrema en el mismo porcentaje que se reajustan las remuneraciones de los trabajadores/as
SEPTIMO: PLAN DE RETIROS
a) Retiro Social: La Fundación otorgará una indemnización por el total de los años de servicio, con el fin de incentivar el retiro voluntario de las trabajadoras/es de más de 55 años de edad y/o que tengan problemas de salud, que hagan aconsejable dicho retiro.
b) Retiro Especial: La Fundación otorgará el 100% de la indemnización como lo establece la
ley a aquellas trabajadoras/es que en forma voluntaria opten a este retiro.
c) Incentivo al Retiro: La Fundación otorgará un incentivo al retiro de igual forma que por ley se le otorga a los trabajadores del sector público.
d) Indemnización por fallecimiento: La Fundación pagará en caso de fallecimiento del trabajador el total de sus años de servicio a su familia directa.
OCTAVO: ASIGNACIÓN DE MOVILIZACIÓN.
La Fundación, a contar de Enero 2017, pagará a todos los trabajadores(as) de los Jardines Infantiles, Salas Cunas, modalidades no convencionales, Casas Regionales y Casa Central, un incremento en la asignación de movilización consistente en $40.000.
NOVENO: ASIGNACIÓN DE COLACIÓN.
a) La Fundación, cancelará mensualmente a todos los trabajadores(as) de jardines infantiles y salas cunas, la suma de $ 50.000, por concepto de asignación de colación. Dicho monto vendrá a complementar el actual beneficio de colación que entrega el empleador.
b) Del mismo modo deberá extender el tiempo de colación de 45 minutos a 60 minutos.
c) En el caso de los trabajadores(as) de casas regionales que reciben cheque restaurant, la
Fundación deberá homologar el monto al más alto valor que otorgue la Fundación.
DECIMO: BONO DE ESCOLARIDAD.
La Fundación otorgará un bono de escolaridad a todos los trabajadores con contrato indefinido y con carga familiar reconocida que acrediten estudios regulares de hijos entre 4 y 24 años de edad, incluyendo a hijos en prácticas profesionales y escuelas especiales. El monto de este bono no podrá ser inferior al otorgado en el año 2016, reajustándose en el mismo % del reajuste del sector público y se deberá cancelar de una sola vez.
DÉCIMO PRIMERO: POLÍTICA DE CALIDAD EDUCATIVA.
La Fundación incrementara el monto para el cuidado de los equipos de $ 1.500 a $5.000 además deberá incorporar a los trabajadores de casas regionales y casa central.
DÉCIMO SEGUNDO: COMPLEMENTO DEL DESAYUNO.
La Fundación incrementará el monto para el complemento del desayuno de $3.000 a $10.000 mensuales.
DÉCIMO TERCERO: RECONOCIMIENTO AL PERFECCIONAMIENTO
La Fundación deberá otorgar un bono equivalente al que por este concepto, reciben los trabajadores del sector público, para incentivar el reconocimiento al esfuerzo por perfeccionamiento de las trabajadoras/es en carreras relacionadas con las funciones que se desempeñan en INTEGRA
DÉCIMO CUARTO: UNIFORMES.
a) La Fundación aumentará los montos de los uniformes para todos los trabajadores(as) de jardines infantiles, salas cunas y modalidades no convencionales en la suma de $50.000 anual.
b) La Fundación en febrero del 2017 incrementará el complemento del bono de uniforme de
$ 20.000 a $ 60.000 el que se pagará conjuntamente con las remuneraciones.
c) La Fundación otorgará vestuario corporativo, a las asesoras y profesionales con responsabilidad de terreno.
DÉCIMO QUINTO: BONO POR TÉRMINO DE NEGOCIACIÓN.
La Fundación otorgará a todos los trabajadores(as) un bono por este concepto igual al monto de más alto valor que se otorgue a los funcionarios del sector público, asegurando que este no sea inferior a $ 250.000 líquidos.
DÉCIMO SEXTO: BONO DE VACACIONES.
La Fundación entregará un bono a todos los trabajadores(as) por vacaciones que se deberá
cancelar en las remuneraciones correspondiente al mes de Enero 2017 igual al que se otorgue al Sector Publico, asegurando que este no sea inferior al otorgado el año 2016.
DECIMO SEPTIMO: FONDO DE DESEMPEÑO Y ACCESO DIFICIL F.D.D.
La Fundación a contar de Enero 2017 deberá reajustar los recursos otorgados en un 50% para dar respuesta real a todos los trabajadores(as), que se encuentran en localidades con acceso difícil.
DECIMO OCTAVO: AGUINALDOS.
La Fundación reajustará a todos los trabajadores(as) los montos de Fiestas Patrias y Navidad en el mismo % que se reajustan las remuneraciones.
DECIMO NOVENO: BONO DE GESTION.
La Fundación pagará a las trabajadoras/es un Bono de $ 200.000 líquidos por concepto de reconocimiento a la gestión.
VIGESIMO: DERECHO A SALA CUNA.
a) Los días de suspensión de actividades la Fundación asegurara la atención del niño/a en el mismo establecimiento donde se desempeña la trabajadora.
b) La Fundación incrementará el bono por derecho a sala cuna en $15.000 diarios para hijos de funcionarias menores de 2 años que por razones de salud y o accesibilidad no puedan asistir a Sala Cuna.
VIGÉSIMO PRIMERO. BONO GER
La Fundación cancelará a las trabajadoras de las regiones de difícil reclutamiento el pago por concepto de Bono GER.
VIGÉSIMO SEGUNDO: VIATICO.
La Fundación otorgará por este concepto un monto fijo que cubra los gastos de traslado, alimentación y estadía de los trabajadores(as) que, por el cumplimiento de su labor, deban
desplazarse de la localidad en donde desarrollan sus funciones habituales.
TITULO ll: CONDICIONES LABORALES.
VIGÉSIMO TERCERO: REEMPLAZOS.
La Fundación mantendrá la política de reemplazos convenida en el protocolo 2014-2016 velando por su cumplimiento para los trabajadores de Jardines Infantiles, Salas Cunas, otras modalidades de atención, Casa Central y Regionales.
VIGÉSIMO CUARTO: PROMOCIÓN Y TRASLADO.
a) La Fundación en conjunto con estas organizaciones sindicales revisará y mejorará la forma de pago por concepto de bono complementario
b) La Fundación incorporará a los trabajadores de Casas Regionales y Casa Central a la
Política de Promoción y Traslado convenida en el Protocolo de Acuerdo 2014- 2016.
VIGÉSIMO QUINTO: CATEGORIZACIÓN DE LOS JARDINES INFANTILES Y SALAS CUNAS.
La Fundación, entre los meses de enero y abril del 2017, modificará la categorización de los Jardines Infantiles y Salas Cunas en una mesa de trabajo bipartita (institución y estas organizaciones sindicales) con la finalidad de abordar la cobertura, asistencia, matrícula, conformación de los equipos de trabajo, la política de remuneraciones y la asignación de los recursos para los establecimientos.
VIGÉSIMO SEXTO: DESARROLLO PROFESIONAL.
a) La Fundación otorgará la realización de prácticas profesionales a todos los trabajadores(as) que lo requieran en las diferentes unidades de trabajo del país con goce total de sus remuneraciones.
b) La Fundación financiará la realización de diplomados y magister para los trabajadores que lo requieran.
c) La Fundación velará que las instancias de Formación de los equipos de trabajo se realicen dentro de la jornada laboral y que no signifique un menoscabo familiar. Así mismo cuando estas se realicen fuera de la comuna o localidad en donde, el trabajador presta servicios se deberá compensar los tiempos de traslado.
d) La Fundación deberá ampliar a un día la media jornada de formación mensual de los equipos de Jardines Infantiles y Salas Cunas.
e) La Fundación deberá ampliar a dos días la jornada de planificación mensual, de los equipos de trabajo de los Jardines Infantiles y Salas Cunas.
f) La Fundación activará el programa de Formación en el Crecer+ para Asistentes Administrativa y Educadoras de Párvulos.
VIGÉSIMO SEPTIMO: PERMISOS ADMINISTRATIVOS.
a) La Fundación otorgará seis días hábiles de permisos administrativos en el año calendario, con goce de remuneraciones.
b) En caso de fallecimiento de una(o) trabajadora(o), la Fundación brindará los tiempos necesarios para asistir al sepelio.
c) La Fundación otorgará un día de permiso especial a los trabajadores con goce de remuneraciones por fallecimiento de los abuelos de la funcionaria.
VIGÉSIMO OCTAVO: PERMISO ESPECIAL ADICIONAL DE VACACIONES DE INVIERNO PARA TRABAJADORES DE CASA CENTRAL, CASAS REGIONALES.
a) La Fundación extenderá a todos los trabajadores(as) que se desempeñen en la Oficina Central y Regionales, un permiso especial de vacaciones de invierno de cinco días hábiles.
b) La Fundación extenderá un permiso especial de vacaciones de invierno de diez días hábiles a las asesoras territoriales y a las trabajadoras/es de los jardines de modalidad no convencional.
VIGÉSIMO NOVENO: CELEBRACIÓN DE NAVIDAD.
La Fundación dispondrá de un día e incrementará los recursos económicos por concepto de juguetes de navidad para los hijos de los trabajadores de los Jardines Infantiles y Salas Cunas.
TRIGESIMO: INGRESO DE NIÑOS Y NIÑAS
a) La Fundación deberá establecer que el ingreso de los niños y niñas a los establecimientos sea a partir de las 8:45 hrs.
b) Del mismo modo para los establecimientos que cuenten con jornada de Extensión Horaria el término de la atención de los niños será de 30 minutos antes del término de la jornada laboral.
TRIGÉSIMO PRIMERO: COEFICIENTES TÉCNICOS.
a) La Fundación establecerá los coeficientes técnicos para la atención directa del trabajo con niños y niñas, en todos los Jardines Infantiles y Salas Cunas, de acuerdo a la siguiente tabla:
b) La Fundación contratará una tercera técnico en forma permanente en todos los niveles medios menores y heterogéneos por la instalación del Programa Paso a Paso.
c) La Fundación incorporará en forma permanente un tercer técnico en aquellos niveles que asistan niños y niñas con NEE.
d) La Fundación contratará a contar de Marzo 2017, asistentes administrativas en todos los Jardines Infantiles y Salas Cunas a nivel nacional.
e) La Fundación modificará la forma de asignar la dotación de las auxiliares de aseo y servicio contemplando los metros cuadrados, cierre perimetral y la construcción de altura de cada establecimiento.
f) La Fundación contratará a partir de Enero del 2017, personal que cumpla con la función de Portero(a) en todos los Jardines Infantiles y Salas Cunas, para velar por la seguridad de los niños y niñas y así disminuir la carga laboral a las Asistentes Administrativos.
g) La Fundación contratará Educadoras de Párvulos en todos los establecimientos que cuenten con Nivel Heterogéneo y con el Programa de Extensión Horaria.
h) La Fundación contratará apoyos administrativos para aquellos jardines que cuenten con matricula de 100 niños y niñas.
i) La Fundación deberá avanzar en la homologación de los Jardines Infantiles y Salas Cunas versus Jardines Meta Presidencial
j) La Fundación deberá contratar analistas y profesionales de apoyo para la casa central y
casas regionales por aumento de cobertura.
TRIGÉSIMO SEGUNDO: PASI.
La Fundación en conjunto con las organizaciones sindicales seguirá trabajando el protocolo en:
a) El resguardo de los Derechos Fundamentales tales como el legítimo derecho al trabajo, la integridad física, moral y sicológica del trabajador.
b) Para estos efectos la Fundación garantizará el irrestricto respeto a la presunción de inocencia que asiste a cada uno de sus trabajadoras y trabajadores. En este sentido, cabe hacer presente que la Mesa Técnica NO podrá recomendar, sugerir, ni disponer la desvinculación de ninguna funcionaria
TRIGÉSIMO TERCERO: LICENCIAS MÉDICAS Y POLITICA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS REMUNERACIONES.
a) Todos los trabajadores de la Fundación tendrán derecho al pago integro de sus remuneraciones aún cuando estuvieren gozando de descanso por enfermedad, esto es licencia médica, de esta forma la institución pagará íntegramente sus remuneraciones en la forma habitual.
b) La Fundación homologará el beneficio del pago por concepto de licencias médicas por los tres primeros días al igual que las trabajadoras con contrato del 2001.
c) La Fundación pagará en un plazo menor a 30 días el pago de las licencias que están debidamente acreditadas y pagadas por el organismo regulador.
TRIGÉSIMO CUARTO: SEGURO DE CESANTIA.
Será de cargo del empleador el aporte completo al Seguro de Cesantía y este no se descontará al trabajador al momento que deje de pertenecer a la Fundación, sin importar el motivo del cese de sus funciones.
TRIGÉSIMO QUINTO: CAMPAMENTO DE VERANO.
La Fundación entregará 1.000 cupos adicionales a las organizaciones sindicales que suscriben este proyecto.
TRIGÉSIMO SEXTO: BRECHAS SALARIALES TRABAJADORES CASA REGIONALES Y CENTRAL.
La Fundación nivelara las remuneraciones de los trabajadores de casas regionales y casa central que desempeñen funciones similares.
TRIGÉSIMO SEPTIMO: PROYECTO DE INCLUSION.
La Fundación establecerá las condiciones laborales optimas para la atención de los niños y niñas con necesidades especiales (físicas, sicológicas, control de esfínter y otros) instalando nuevos coeficientes técnicos, tales como profesionales y técnicos en educación diferencial, materiales didácticos, de higienización, infraestructura adecuada, etc., resguardando la calidad integral de estos.
TRIGÉSIMO OCTAVO: INFRAESTRUCTURA CASA REGIONALES Y CASA CENTRAL.
La Fundación mejorará los espacios laborales (baños, comedores, oficinas) a todos los trabajadores que no cuenten con condiciones adecuadas para el desempeño de sus funciones.
TRIGÉSIMO NOVENO: SEGURO DE VIDA.
La Fundación contratara un seguro de vida a todos los trabajadores que se desempeñan en terreno, en jardines sobre ruedas y en localidades de alta peligrosidad.
CUADRAGÉSIMO: MESA SEGUIMIENTO DE ACUERDOS Y PROCEDIMIENTOS
INSTITUCIONALES.
La fundación constituirá mesas de trabajo con las organizaciones sindicales que suscriben este proyecto para realizar seguimiento a los procedimientos institucionales y acuerdos.
SINDICATOS NACIONALES
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